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sábado, 5 de julio de 2014

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05.07.2014   14:01|

LOCALES| El Proyecto de Ley que preveía la transformación del Juzgado de Paz de la localidad de Santa Lucía en un Juzgado con materia Civil, Comercial y Laboral, finalmente recibió modificaciones durante la décimo-quinta sesión de Diputados. El Proyecto de Ley ahora establece la CREACIÓN de un juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral que tendrá competencia en los departamentos de Lavalle y San Roque, mientras que el Juzgado de Paz continuará funcionando como tal. Pasa al Senado para su correspondiente revisión de rigor, hasta convertirse en Ley.

Durante la decimo-quinta sesión ordinaria de Diputados llevada a cabo este último miércoles, se encontraba en el orden del día el proyecto de ley, proveniente con media sanción del Senado, que establecía la “transformación” del Juzgado de Paz de Santa Lucía en un Juzgado en materia Civil, Comercial y Laboral, el que fue modificado, entendiendo que dicha "transformación" era inconstitucional. 

Después de la moción del diputado Marcelo Chaín de constituir el Cuerpo Parlamentario "en comisión" para enmendar los errores de la iniciativa, solicitó la palabra el diputado Ángel Rodríguez quien expresó textualmente “considero que se debe rever esto y en todo caso hacer unas modificaciones porque no se puede transformar un juzgado de paz en la provincia de Corrientes en Juzgado Civil. Lo prohíbe el artículo 202 de la Constitución Provincial, por lo tanto los sres. senadores deberían saber estos antecedentes. En todo caso se puede crear el juzgado Civil, Comercial y Laboral y a su vez dejar el Juzgado de Paz correspondiente para actuar como estaba, o sea que, en el mismo sentido considero que se debe pasar a un cuarto intermedio para realizar estas modificaciones”, dijo. 

Posteriormente pidió la palabra el diputado Luis Badaracco quien apoyó la moción hecha por los pre opinantes a la vez que acotó que “apoya la idea de creación de un nuevo Juzgado para la ciudad de Santa Lucía, pero manteniendo el Juzgado de paz existente, dado que la función en lo social principalmente,  que cumplen estos juzgados es demasiado importante” y agregó “creo que esto debería ser al revés , se deberían crear más Juzgados de Paz porque es  el camino y el acceso de la posibilidad de justicia para los sectores que menos tienen”, sentenció. 

La moción de poner el cuerpo en comisión fue aprobada por unanimidad y de esta manera se prosiguió a leer, por secretaría, las modificaciones efectuadas en consenso durante la labor parlamentaria, quedando el proyecto redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 1º: Crease el Juzgado en Primera Instancia con competencia en materia civil, comercial y Laboral, dependiente de la 2da circunscripción judicial de la provincia con asiento en la ciudad de Santa Lucia y con competencia territorial en todo el Departamento  de Lavalle y San Roque.

ARTICULO 2º. Modificase la parte pertinente  del artículo 6º del Decreto Ley 26/00, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“En la Segunda Circunscripción Judicial actuarán tres Juzgados en lo Civil y Comercial; un Juzgado en lo contencioso administrativo; un juzgado en lo laboral, un juzgado de familia. Un juzgado de menores, dos Juzgados de Instrucción y un juzgado de instrucción y Correccional, todos con asiento en la ciudad de Goya.- un Juzgado en lo Civil y Comercial y un Juzgado de Instrucción y Correccional, con asiento en la ciudad de Esquina, cuya competencia se extenderá a todo el Departamento en donde tiene su asiento; un Juzgado de Instrucción y Correccional con asiento en la ciudad de Santa Lucía, cuya competencia se extenderá a los Departamentos de Lavalle y San Roque; y un Juzgado Civil Comercial y Laboral con asiento en la ciudad de Santa Lucía, cuya competencia se extenderá a los Departamento de Lavalle y San Roque...

En la Tercera Circunscripción Judicial actuarán un Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral; un Juzgado Civil y Comercial; y un Juzgado de Instrucción y Correccional, todos con asiento en la ciudad de Curuzú Cuatiá, además actuarán un Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral y un Juzgado de Instrucción y Correccional con asiento en la ciudad de Mercedes, cuya competencia se extenderá a todos el Departamento en donde tiene su asiento.-

En la Cuarta Circunscripción Judicial actuarán un Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral; un Juzgado Civil y Comercial; y un Juzgado de Instrucción y Correccional, todos con asiento en la ciudad de Paso de los Libres, además actuarán un Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral; un Juzgado Civil y Comercial y un Juzgado de Instrucción y Correccional con asiento en la ciudad de Monte Caseros, cuya competencia se extenderá a todo el Departamento en donde tiene su asiento.-

En la Quinta Circunscripción Judicial actuarán un Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral; un Juzgado Civil y Comercial; y un Juzgado de Instrucción y Correccional, todos con asiento en la ciudad de Santo Tomé, además un Juzgado Civil,

Comercial y Laboral, y un Juzgado de Instrucción y Correccional con asiento en la ciudad de Ituzaingó, con competencia en todo el Departamento en donde tiene su asiento; y un Juzgado Civil y Comercial con asiento en la ciudad de Gobernador Virasoro, con competencia en todo el Departamento en donde tiene su asiento.”

ARTICULO 3º . - DE FORMA.-

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